A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Empresa Nacional Promotora De Desarrollo Territorial Enterritorio·Respondent Media Commerce Partners Sas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 19 Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple y el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá – Sección Tercera.
Se presenta la controversia por causa de un proceso verbal de menor cuantía iniciado por la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio), en contra de la sociedad Media Commerce Partners S.A.S., cuyas pretensiones son, entre otras, que se declare que las partes suscribieron un contrato de dotación, instalación, puesta en funcionamiento de la infraestructura técnica y provisión del servicio de conectividad de los puntos vive digital fase 1 en una segunda etapa, en el marco del plan vive digital del ministerio de las tecnologías de la información y las comunicaciones región 1 y que la demandada debe reintegrar a la demandante el valor, referido en escrito de demanda, correspondiente a la estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, con fundamento en lo dispuesto en el Auto 005 de 2022, resuelve con base en la regla según la cual, la jurisdicción ordinara civil es la competente para conocer las demandas que promuevan entidades públicas que tengan el carácter de institución financiera y la discrepancia surja como consecuencia del giro ordinario de los negocios de aquella.
Ello de conformidad con el artículo 105 de la Ley 1437 de 2011, el artículo 15 de la Ley 1564 de 2012 y el inciso 2º del artículo 12 de la Ley 270 de 1996.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 19 Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá – Sección Tercera, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 19 Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple y el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Tercera, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al el Juzgado 19 Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4817 al Juzgado 19 Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Tercera, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.